La Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife ha venido implementando en las últimas semanas el protocolo de actuación a aplicar en sus puertos para prevenir la propagación del COVID-19para lo cual ha seguido las indicaciones generales transmitidas por el Ministerio de Sanidad (en este caso Sanidad Exterior), a través del organismo público Puertos del Estado.

Medidas de prevención.- Los centros de trabajo de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife se encuentran desde hoy en medidas preventivas nivel 2, lo que supone, entre otras, la suspensión de visitas de personas ajenas a la organización, suspensión de reuniones presenciales y viajes, además de activarse el teletrabajo entre el personal de Administración y Servicios, que lo desempeñarán de manera alterna en diferentes grupos de trabajo. A estas medidas se unen las que vienen aplicándose de informar a su personal sobre las vías de transmisión del virus y las medidas de prevención individuales a tomar, haciendo especial hincapié en la higiene personal.

El objetivo de estas actuaciones, recogidas en el Plan de Actuación elaborado por la entidad tinerfeña, no es otro que mantener la continuidad de los servicios esenciales prestados por el Organismo al tiempo que se establecen las medidas preventivas que garanticen la seguridad y salud de sus trabajadores.

Por su parte, tanto las terminales de pasajeros como las de mercancías están debidamente coordinadas con esta Autoridad Portuaria, siguiendo las directrices indicadas. Así, en ambas se informa diariamente a los pasajeros sobre las medidas de prevención a seguir a través de los carteles oficiales remitidos por el Ministerio, y, además, han implementado sus protocolos de actuación específicos, entre los que se encuentran actuaciones tales como la higienización de las instalaciones con productos aprobados por Sanidad antes, durante y después de las escalas; la utilización de equipos de protección individuales.

Tráfico portuario.- Actualmente el tráfico portuario en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife se está desarrollando con normalidad, por lo que la implementación de las medidas se lleva a cabo de forma preventiva.

Las navieras han sido informadas de los protocolos de actuación correspondientes en las terminales, complementando las medidas propias aplicadas en los buques.

Con motivo de la publicación de la Orden PCM/216/2020 de 12 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 marzo de 2020, por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID 19, será hasta las 00 horas del día 15 de marzo de 2020, la hora en que se permitirá la entrada de cruceros con el único fin de permitir el desembarco de los ciudadanos que lo deseen, que no podrán volver a embarcar.

En este sentido, hoy atracaron en el puerto de Tenerife los cruceros Hamburg y Marella Explorer, cuyos pasajeros ya han desembarcado, al igual que los mil cruceristas que ayer trajo a bordo el Mein Schiff Herz. Su “hermano” el Mein Schiff 3, con entrada prevista para hoy viernes, no ha atracado al desviar su ruta hacia el puerto de La Luz.

Dichas unidades previsiblemente realizarán estancia prolongada en nuestro puerto, con la tripulación mínima de seguridad y sin pasajeros, inicialmente hasta el 23.59 horas del próximo 26 de marzo.

Por su parte, cabe confirmar que el consignatario del AidaNova, con escala prevista en Tenerife el próximo miércoles día 18, ha solicitado al Ministerio de Sanidad autorización para atracar antes de las 00 horas del domingo día 15 para desembarcar a sus pasajeros atendiendo a la excepcionalidad del buque para atracar en el puerto tinerfeño al ser “el único con posibilidad en la comunidad autónoma de Canarias” de suministrar a la nave Gas Natural Licuado como combustible.

Pasos a seguir en caso de alerta sanitaria en los puertos.- Cabe destacar que en caso de sospecha de alerta sanitaria, la operativa de la Instrucción Técnica establece los siguientes pasos a seguir:

1) El barco (a través del consignatario o del naviero o del propio capitán) debe informar inmediatamente a Capitanía Marítima o Centro de Control de Tráfico Portuario y a la Autoridad Portuaria a través del Documento de Salud Marítima (DSM).
2) Cualquiera de estas instancias hará traslado inmediato de la información a Sanidad Exterior.
3) Esa comunicación incluirá datos básicos como el itinerario del barco en los últimos 30 días, lista de enfermos, nombre del capitán, etcétera.
4) Sanidad Exterior evalúa los datos y decide qué hacer a continuación: si no supone un riesgo para la salud pública o si lo puede suponer, y se activa una visita de inspección sanitaria al buque.
5) Si de esa inspección se deriva el procedimiento de actuación ante alertas sanitarias en puertos, Sanidad Exterior, Capitanía Marítima y la Autoridad Portuaria decidirán si ese buque queda fondeado fuera de la dársena o se atraca en un punto controlado del puerto.

Esta Autoridad Portuaria seguirá cumpliendo las indicaciones remitidas por las autoridades competentes para colaborar en las medidas de control del COVID-19.

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